TODOS los certificado se realizarán por CORREO POSTAL
CERTIFICADO DE ESTADO CIVIL / EDICTOS / SOLTERÍA
Válidos SOLO para contraer matrimonio
Es indispensable para la realización de cualquier certificado contar con el DNI argentino formato tarjeta y con domicilio en el exterior.
Para la República Argentina no es obligatoria la publicación de edictos para contrar matrimonio, sin embargo, el Consulado emite un documento denominado CERTIFICADO DE ESTADO CIVIL dónde figurará el estado civil, la normativa dónde se explica que para las autoridades argentina no es obligatoria la publicación de edictos y en los casos que sean necesario se dejará constancia de la residencia del titular.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
- Completar ficha de datos y adjuntar
- Copia DNI argentino con domicilio en Islas Baleares (cara y contra cara) En caso de no tenerlo, deberá tramitarlo ante el Consulado mediante cita. Podrá consultar el instructivo dentro de trámites habituales en nuestra web.
- Copia Pasaporte Argentino vigente (hoja de datos)
- Certificado histórico de empadronamiento, se solicita en el Ayuntamiento (SIEMPRE QUE HAYA QUE DEMOSTRAR LOS ÚLTIMOS DOS AÑOS DE RESIDENCIA)
IMPORTANTE: En los casos en los cuales el titular de la documentación figura con un estado civil distinto de "SOLTERO" deberán realizar el cambio de dicha documentación para lo que tendrá que obtener, primero, CITA para NUEVO EJEMPLAR DE DNI (y aportar la partida de matrimonio original con la anotación marginal del divorcio o, la sentencia de divorcio original, ambas legalizadas con la Apostilla de La Haya. En caso de ser viudo deberá presentar la partida de defunción (Deberá estar Apostillada si está emitida por un organismo que no sea argentino). Si usted está casado en Argentina y ha realizado su divorcio en España, deberá apostillar la sentencia y enviarla a Argentina para que se registre su divorcio en la República.
- En caso de haber contraído matrimonio o haberse divorciado en España, no serán validos para la Argentina a menos que se haya registrado en la República.
- ESTE DOCUMENTO NO SERÁ VÁLIDO PARA PAREJA DE HECHO EN ESPAÑA.
- Ingresar en el sobre que nos envía, otro sobre con sello y dirección de destinatario (Oficina de CORREOS)
Una vez recibida la documentación contactaremos con usted para que efectue el pago de las tasas, no haga el ingreso hasta entonces.
-Tasa 40 €
ES RESPONSABILIDAD DEL TITULAR DEL TRÁMITE CONOCER LOS REQUISITOS Y LAS CONDICIONES PARA REALIZARLO. EL HECHO DE PAGAR POR UN TRÁMITE IMPLICA LA TOTAL ACEPTACIÓN DE ESTOS TÉRMINOS, Y EN NINGÚN CASO EL IMPORTE SERÁ DEVUELTO POR ESTE CONSULADO.
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